El Ministerio de Economía permitió que los Fondos de Asistencia Laboral inviertan en títulos del Tesoro sin fijar un límite porcentual específico. La deuda provincial tendrá un techo del 15% y la privada del 20%, mientras los recursos destinados a pagar futuras indemnizaciones podrán quedar ampliamente expuestos al Estado nacional.
Luis Caputo reglamentó el destino financiero de los recursos que las empresas deberán acumular para afrontar indemnizaciones laborales y dejó abierta una nueva fuente potencial de financiamiento para el Tesoro.
La Resolución 1276/2026, publicada este miércoles 12 de agosto en el Boletín Oficial, estableció los activos en los que podrán invertir los Fondos de Asistencia Laboral. La norma fijó límites para la deuda provincial, las obligaciones negociables privadas, los depósitos bancarios y los instrumentos vinculados con el dólar, pero no estableció un porcentaje máximo equivalente para los títulos emitidos por el Estado nacional.
Esto no significa que Caputo pueda apropiarse directamente del dinero ni que los recursos ingresen automáticamente a las cuentas públicas. Los fondos serán administrados por entidades autorizadas y cada una decidirá cómo conformar su cartera. Sin embargo, la ausencia de un límite específico permite que una proporción muy elevada, incluso potencialmente la mayor parte del patrimonio, sea colocada en bonos y letras del Tesoro.
El dinero reservado para pagar indemnizaciones
Los Fondos de Asistencia Laboral fueron creados por la Ley 27.802, denominada Ley de Modernización Laboral. Su función es acumular recursos destinados a ayudar a las empresas privadas a pagar indemnizaciones por despidos y otras formas de extinción del contrato de trabajo.
El sistema comenzará a funcionar el 1 de noviembre de 2026. Cada empleador deberá tener una cuenta individual dentro de un fondo común de inversión o fideicomiso financiero autorizado y supervisado por la Comisión Nacional de Valores.
Los recursos constituirán un patrimonio separado, con afectación específica y trazabilidad por empleador. No podrán utilizarse para cualquier gasto empresarial ni confundirse con los bienes de las administradoras.
El FAL tampoco reemplaza el régimen indemnizatorio. Si los recursos acumulados resultan insuficientes, la empresa continuará siendo responsable por la diferencia. El trabajador no asume el riesgo de que el fondo alcance o no para cubrir la totalidad de su indemnización.
La contribución mensual será pagada por los empleadores. La alícuota inicial equivale al 1% de la masa salarial imponible para las grandes empresas y al 2,5% para las micro, pequeñas y medianas. El Poder Ejecutivo podrá elevarlas hasta el 1,5% y el 3%, respectivamente, bajo las condiciones establecidas por la ley.
Aunque formalmente se trata de una contribución patronal, el régimen contempla una reducción equivalente de las contribuciones destinadas a distintos subsistemas de la seguridad social. Por eso, el mecanismo no representa simplemente dinero nuevo aportado por las empresas. Una parte del flujo que financiaba el sistema previsional y otras prestaciones será redireccionada hacia cuentas privadas destinadas a cubrir futuras desvinculaciones.
Todos tienen límites, excepto el Tesoro
La resolución autoriza cuatro grandes categorías de inversión. Los fondos podrán adquirir títulos de deuda nacional, bonos provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires, obligaciones negociables emitidas por empresas privadas y depósitos en entidades financieras autorizadas por el Banco Central.
Las obligaciones negociables privadas no podrán superar el 20% del patrimonio total. Además, la exposición a un mismo emisor y sus empresas vinculadas tendrá un máximo del 10%.
La deuda emitida por las provincias y la Ciudad de Buenos Aires tendrá un límite agregado del 15%, con un máximo del 5% por jurisdicción.
Los depósitos en una misma entidad financiera y sus vinculadas tampoco podrán superar el 15% del patrimonio. Los instrumentos cuyo rendimiento dependa total o parcialmente de la evolución del dólar tendrán un techo conjunto del 10%.
Para los valores negociables emitidos por el Estado nacional no aparece ningún porcentaje máximo. La resolución tampoco establece un límite por tipo de bono, vencimiento o concentración dentro del conjunto de títulos soberanos.
La diferencia es relevante porque el propio Ministerio de Economía, encargado de administrar la deuda nacional, fue quien diseñó las reglas que permiten a los fondos invertir en ella sin un techo equivalente al impuesto a los demás emisores.
Sin límite expreso no significa sin ninguna regulación
Afirmar que el Gobierno habilitó la compra de deuda nacional sin límite requiere una precisión. La Resolución 1276 no fija un máximo porcentual específico, pero las carteras continúan sujetas a principios generales de seguridad, liquidez, diversificación, transparencia y preservación del capital.
En teoría, una administradora no debería colocar todos los recursos en un único título si esa decisión contradice la obligación general de diversificar los riesgos. No obstante, la norma no traduce ese principio en un porcentaje concreto para la exposición conjunta al Tesoro.
La Comisión Nacional de Valores dispone de 45 días para dictar las reglas complementarias. El organismo podría incorporar restricciones adicionales, condiciones por plazo o criterios más precisos de diversificación. Hasta que eso ocurra, el diseño aprobado por Caputo deja a la deuda nacional en una posición privilegiada.
La reglamentación entra en vigor el 13 de agosto, pero los aportes al sistema comenzarán a generarse cuando el régimen del FAL se implemente el 1 de noviembre.
El Tesoro tampoco necesita calificación AAA
La desigualdad no se limita a los porcentajes. Para que los fondos puedan comprar bonos provinciales u obligaciones negociables privadas, esos instrumentos deberán contar con una calificación AAA en escala nacional otorgada por al menos dos agencias registradas ante la Comisión Nacional de Valores.
La deuda emitida por el Estado nacional no deberá superar ese filtro. Los títulos del Tesoro podrán integrar las carteras sin la doble calificación exigida a las provincias y a las empresas.
El Gobierno privilegia así su propia deuda por dos vías. No establece un máximo de exposición y tampoco le exige los requisitos crediticios impuestos a otros emisores.
La calificación AAA en escala nacional no significa que una inversión carezca de riesgo. Indica que posee una alta capacidad de pago en comparación con otros emisores del mercado argentino. Al eximir al Tesoro de ese requisito, Economía coloca la deuda soberana en una categoría especial por decisión regulatoria.
Hasta la reserva de liquidez podrá financiar al Estado
Las administradoras deberán mantener al menos el 10% del patrimonio en activos de alta liquidez y bajo riesgo de mercado. Esa reserva tendrá la función de garantizar recursos disponibles cuando una empresa necesite pagar una indemnización.
La resolución permite cumplir ese requisito mediante depósitos a la vista, plazos fijos precancelables o con menos de 30 días restantes y Letras del Tesoro nacional en pesos cuyo vencimiento no supere los 90 días.
Esto significa que incluso el colchón de liquidez podrá ser utilizado para financiar al Estado. Los fondos podrán comprar letras de corto plazo y contabilizarlas como dinero disponible para responder ante un despido.
El mecanismo no convierte automáticamente esas letras en una inversión insegura. Los instrumentos de corta duración pueden ofrecer alta liquidez. El problema es la coincidencia de intereses entre el organismo que necesita colocar deuda y la autoridad que define cuáles de sus títulos serán considerados aptos para resguardar el dinero de las indemnizaciones.
Un fondo potencialmente multimillonario
El tamaño real del sistema todavía no puede determinarse. Dependerá de la masa salarial alcanzada, la cantidad de trabajadores registrados, la distribución del empleo entre grandes empresas y MiPyMEs y las remuneraciones imponibles efectivamente declaradas.
En abril de 2026, el Sistema Integrado Previsional Argentino registraba aproximadamente 6,13 millones de asalariados privados. El RIPTE de mayo se ubicó en 1.849.728 pesos mensuales, aunque ese indicador no coincide exactamente con la base sobre la que se calcularán las contribuciones.
Una estimación mecánica con esos valores indica que una alícuota uniforme del 1% podría generar alrededor de 113.000 millones de pesos mensuales y 1,36 billones anuales. Si se aplicara el 2,5% a toda la masa salarial, el flujo alcanzaría aproximadamente 283.000 millones mensuales y 3,4 billones por año.
Ninguno de esos cálculos representa una proyección exacta. Las empresas tributarán porcentajes diferentes y no todos los salarios coinciden con el RIPTE. Las cifras solamente permiten dimensionar que el régimen puede transformarse en uno de los grandes inversores institucionales del mercado local.
El riesgo lo conserva el empleador, pero la espera financia al Tesoro
Los recursos pertenecerán a cuentas individualizadas por empresa y permanecerán separados del patrimonio del Estado. Si un bono pierde valor, el Tesoro no tendrá que reponer automáticamente esa diferencia. La empresa continuará obligada a pagar la indemnización completa aunque su cuenta resulte insuficiente.
Esa garantía protege formalmente al trabajador, pero traslada el riesgo financiero hacia el empleador. También abre una pregunta sobre qué sucedería ante una crisis soberana que afectara simultáneamente el valor y la liquidez de los títulos nacionales acumulados por numerosos fondos.
La reforma laboral creó una reserva para que exista dinero cuando llegue el momento de pagar una desvinculación. Caputo decidió que, mientras ese momento no llegue, esos recursos puedan transformarse en demanda para los bonos del Estado.
Primero se reduce una parte de las contribuciones destinadas a la seguridad social y se la dirige hacia fondos administrados por entidades financieras. Después, esas administradoras quedan habilitadas para invertir una proporción sin techo expreso en deuda nacional.
El trabajador conserva legalmente su indemnización y el empleador mantiene la responsabilidad final. Los bancos y sociedades administradoras suman una nueva masa de recursos. El Tesoro, mientras tanto, queda ubicado en el primer lugar de una fila alimentada todos los meses por el fondo creado para pagar despidos.


























