La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la medida que obliga al Ejecutivo a actualizar salarios docentes y recomponer becas. Los jueces rechazaron los argumentos del Gobierno sobre el impacto fiscal y recordaron que la ley fue sancionada por el Congreso, vetada, insistida con dos tercios y promulgada. El decreto que suspendió su aplicación, sostuvieron, no puede estar por encima de una norma votada en el Parlamento. Las universidades esperan que el fallo se cumpla.
El gobierno nacional perdió este martes un nuevo round judicial por el financiamiento universitario. La Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la medida cautelar que ordena al Poder Ejecutivo aplicar de inmediato los artículos 5 y 6 de la ley 27.795, que establecen la actualización salarial de docentes y no docentes y la recomposición de becas estudiantiles.
Los jueces Sergio Fernández y Jorge Morán rechazaron la apelación del Estado y avalaron los argumentos del fallo de primera instancia, dictado en diciembre de 2025 por el juez federal Enrique Cormick.
El camino de la ley
La ley 27.795 fue sancionada por el Congreso en septiembre de 2025. El presidente Javier Milei la vetó, pero la oposición logró reunir los dos tercios necesarios para insistir y convertirla en ley. Pese a ello, el Ejecutivo dictó el decreto 759/2025, que condicionó su aplicación a la asignación de partidas presupuestarias específicas.
Frente a esa decisión, el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y varias universidades promovieron una acción de amparo. En diciembre, Cormick hizo lugar a una medida cautelar y ordenó cumplir con los puntos centrales de la norma.
Los argumentos de la Cámara
Al confirmar la cautelar, los jueces señalaron que el Congreso había agotado el procedimiento legislativo previsto en la Constitución, por lo que la norma debía ser aplicada. “El proceso legislativo había concluido con la insistencia de ambas cámaras del Congreso bajo el art. 83 de la Constitución Nacional, lo cual no admitía variantes suspensivas para la aplicación de la ley”, sostuvieron.
Los magistrados también cuestionaron la lógica del decreto presidencial: “¿Podría el Poder Ejecutivo sostener que la aplicación de una ley del Congreso se encuentra suspendida con sustento en otra ley anterior del propio Congreso? La respuesta sería negativa”.
El impacto fiscal y el derecho a educar
El tribunal desestimó el argumento del Gobierno sobre el impacto fiscal. Recordó que el costo estimado de la medida representa el 0,23% del PBI y subrayó que “no se observaba una afectación al interés público”. Por el contrario, señalaron, estaba en juego “el derecho a enseñar y aprender”.
También consideraron acreditado el riesgo de perjuicios irreparables, al tratarse de derechos de carácter alimentario vinculados a salarios y becas.
Lo que sigue
El fallo no resuelve el fondo de la cuestión —la validez del decreto 759/2025— pero mantiene firme la obligación del Ejecutivo de aplicar los artículos salariales y de becas mientras avanza el proceso principal.
Las universidades, que protagonizaron dos masivas marchas federales en octubre de 2024 y septiembre de 2025, esperan ahora que el gobierno acate la decisión judicial. En la Secretaría de Educación, mientras tanto, aseguran que buscan una solución consensuada que reemplace la ley actual y otorgue previsibilidad presupuestaria.


























