La derogación de la Ley 26.737, dispuesta mediante el DNU 70/2023, volvió a quedar bajo discusión judicial. Comunidades mapuches y organizaciones ambientalistas reclaman que se suspenda la medida, mientras diputados opositores impulsan otra presentación y buscan llevar el decreto al Congreso el 15 de octubre. En el centro del conflicto están la soberanía territorial, los recursos naturales y los derechos de quienes viven y trabajan la tierra.
La propiedad de las tierras rurales argentinas volvió al centro de la disputa política y judicial. El Gobierno de Javier Milei mantiene operativa la derogación de la Ley 26.737, que establecía límites a la adquisición de superficies rurales por parte de personas y empresas extranjeras. Mientras la Corte Suprema de Justicia convocó para este viernes 9 de octubre un acuerdo extraordinario sobre una nueva presentación cautelar, organizaciones sociales, comunidades indígenas y legisladores opositores cuestionan la eliminación de una herramienta de regulación territorial sancionada por el Congreso en 2011.
La legislación original establecía que la titularidad extranjera no podía superar el 15% de las tierras rurales del territorio nacional, de cada provincia y de cada municipio o unidad administrativa equivalente. También impedía que personas o empresas de una misma nacionalidad concentraran más del 30% de ese porcentaje y fijaba un límite individual de 1.000 hectáreas en la zona núcleo, o su superficie equivalente en otras regiones. Además, contemplaba restricciones sobre inmuebles que incluyeran determinados cuerpos de agua o fueran ribereños de ellos.
El artículo 154 del DNU 70/2023 derogó ese régimen como parte del programa de desregulación económica del Ejecutivo. La medida eliminó los límites generales a la titularidad extranjera previstos por esa ley, aunque no suprimió otras normas aplicables a la propiedad, el ambiente, las comunidades indígenas o las zonas de seguridad de frontera. El Gobierno defiende la apertura a las inversiones y la eliminación de restricciones como instrumentos para ampliar las oportunidades económicas. Sus críticos advierten sobre los riesgos de concentración territorial y la pérdida de capacidad regulatoria del Estado.
La controversia judicial tuvo un punto decisivo el 29 de septiembre, cuando la Corte Suprema revocó una sentencia que había declarado inconstitucional la derogación de la Ley de Tierras. Sin embargo, el máximo tribunal no resolvió si el artículo 154 del DNU era constitucional. Su decisión se fundamentó en la falta de legitimación procesal del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata, organización que había impulsado aquella demanda. Por lo tanto, el fallo no significó una validación constitucional definitiva de la medida presidencial.
Tras esa resolución, la Asociación Civil Árbol de Pie, comunidades mapuches y la legisladora rionegrina Magdalena Odarda impulsaron una nueva presentación para solicitar protección cautelar frente a la derogación. Los demandantes invocan derechos colectivos vinculados con el ambiente, la preservación del territorio y las tierras ancestrales de los pueblos originarios. Para tratar el expediente, la Corte avanzó en su integración con conjueces y convocó un acuerdo extraordinario para este viernes. Al cierre de esta actualización, no se había podido confirmar una nueva resolución judicial sobre el pedido.
La disputa también se desarrolla en otro expediente. El 5 de octubre, el juez federal Enrique Alonso Regueira rechazó una medida cautelar interina presentada por los diputados Miguel Ángel Pichetto y Nicolás Massot, quienes pretendían suspender inmediatamente los efectos de la derogación. El magistrado consideró que no se habían acreditado circunstancias de urgencia suficientes para adoptar esa decisión sin escuchar previamente al Estado. El rechazo no resolvió el fondo de la demanda: el Gobierno recibió un plazo de cinco días hábiles para responder y el pedido cautelar principal quedó pendiente.
Mientras avanzan las causas judiciales, sectores opositores solicitaron una sesión especial de la Cámara de Diputados para el jueves 15 de octubre, con el objetivo de discutir el rechazo del DNU 70/2023. La convocatoria, todavía sujeta a las condiciones parlamentarias correspondientes, incorpora otra dimensión al conflicto: la facultad del Poder Ejecutivo para modificar mediante un decreto una regulación territorial aprobada por el Congreso.
La cuestión excede las diferencias entre funcionarios, legisladores y magistrados. La tierra rural constituye la base material de actividades agrícolas, ganaderas y forestales, pero también contiene recursos hídricos, ecosistemas estratégicos y territorios habitados por comunidades campesinas e indígenas. Su regulación involucra intereses económicos, ambientales y sociales que no pueden reducirse exclusivamente al precio de compraventa de los inmuebles.
Para los pequeños productores y las familias rurales, el problema incluye el acceso a superficies productivas, la continuidad de sus explotaciones y las condiciones para competir con actores de mayor capacidad financiera. Para los pueblos originarios, se suma la protección de derechos territoriales reconocidos por el ordenamiento jurídico argentino. La Ley 26.737 no resolvía por sí sola esas desigualdades, pero establecía restricciones específicas sobre la concentración extranjera de la propiedad rural.
La discusión también requiere información pública actualizada. Los datos oficiales disponibles hasta agosto de 2025 indicaban que ninguna provincia superaba el límite del 15% establecido por la legislación original. Sin embargo, esa información no permite determinar cuántas hectáreas cambiaron de titularidad después de la derogación ni establecer si se produjo una aceleración de las adquisiciones extranjeras. Para responder esas preguntas es necesario contar con registros verificables de operaciones, superficies y titulares.
La defensa de la soberanía territorial exige distinguir entre inversión productiva, concentración de la propiedad y protección de los bienes naturales. La nacionalidad de un propietario no determina por sí sola las condiciones laborales ni ambientales de una explotación, pero la existencia o eliminación de límites legales modifica las herramientas disponibles para regular el acceso a un recurso finito.
La controversia se produce, además, mientras el propio Gobierno impulsa en el Congreso una Ley de Defensa de la Soberanía Nacional con disposiciones sobre la explotación no autorizada de recursos en Malvinas. Son iniciativas de alcance jurídico diferente, aunque ambas abren preguntas sobre qué mecanismos debe conservar el Estado para proteger sus intereses territoriales y económicos.
La Corte Suprema y el Congreso tienen por delante decisiones que pueden modificar el marco legal de la propiedad rural argentina. Pero el debate de fondo va más allá de los tribunales: involucra el derecho de las comunidades a permanecer en sus territorios, las posibilidades de los trabajadores y pequeños productores de sostener su actividad y la capacidad del país para regular sus recursos estratégicos. La tierra no es solamente un activo financiero; también es territorio, producción, agua, trabajo y patrimonio colectivo.



























