La medida alcanzará a los hospitales administrados por el Estado nacional desde el 12 de agosto. Las emergencias continuarán siendo atendidas sin pago previo, pero las consultas y los tratamientos habituales exigirán un seguro médico o la cancelación anticipada del costo.
El gobierno de Javier Milei reglamentó el cobro de la atención sanitaria a las personas extranjeras que no tengan residencia permanente en la Argentina. La medida fue establecida mediante la Resolución 1066/2026 del Ministerio de Salud, publicada este martes en el Boletín Oficial.
La norma entrará en vigencia el miércoles 12 de agosto, un día después de su publicación. Por lo tanto, no comenzó a aplicarse el mismo martes, como informaron algunos medios y funcionarios.
El procedimiento alcanza únicamente a los establecimientos sanitarios administrados directamente por el Estado nacional. No obliga de manera automática a los hospitales provinciales, municipales ni a los centros públicos con regímenes administrativos propios.
Las personas extranjeras con residencia permanente conservarán el mismo acceso que la ciudadanía argentina. Quienes tengan residencia temporal, transitoria, precaria o no cuenten con una residencia reconocida deberán presentar un seguro médico válido o pagar previamente la prestación.
La emergencia seguirá garantizada
La Resolución 1066/2026 reglamenta los cambios introducidos en la Ley de Migraciones mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 366/2025.
El nuevo artículo 8 de la Ley 25.871 establece que ninguna persona extranjera puede ser rechazada en una emergencia, independientemente de su situación migratoria.
La atención tampoco podrá ser demorada mientras el hospital comprueba la identidad, la documentación o la cobertura médica del paciente. La clasificación deberá realizarla un profesional de la salud y no el personal administrativo, de seguridad o de facturación.
La norma considera emergencia toda situación que presente un riesgo cierto e inminente para la vida o para las funciones vitales. Incluye paros cardiorrespiratorios, infartos agudos de miocardio, accidentes cerebrovasculares, traumatismos graves, hemorragias masivas, quemaduras extensas y emergencias obstétricas, pediátricas o neonatales.
El listado funciona como referencia y no limita la evaluación médica. El profesional responsable será quien determine si la condición requiere una intervención inmediata.
Después de la estabilización comenzará el cobro
La gratuidad termina cuando el equipo médico considera que el paciente quedó estabilizado. Desde ese momento, los estudios, medicamentos, internaciones y tratamientos posteriores podrán ser facturados.
El hospital deberá consolidar los gastos generados desde el final de la emergencia hasta el alta clínica. Luego notificará la deuda al paciente y abrirá una instancia de pago dentro del establecimiento.
Esta disposición puede generar situaciones complejas. Una persona puede ingresar con riesgo de muerte, recibir atención inmediata y quedar endeudada por los cuidados posteriores que necesite para completar su recuperación.
La frontera entre emergencia y tratamiento habitual será decisiva. Una clasificación demasiado restrictiva podría interrumpir estudios, internaciones o tratamientos necesarios apenas desaparezca el peligro inmediato, aunque la persona todavía no se encuentre en condiciones de recibir el alta.
Las consultas programadas deberán pagarse por adelantado
Para las prácticas programadas, el procedimiento es más severo. Las personas sin residencia permanente y sin seguro médico deberán pasar primero por el área de Facturación.
El hospital elaborará un presupuesto con el costo de la consulta, el estudio o el tratamiento solicitado. El paciente deberá abonar el 100% antes de recibir la prestación.
El comprobante de pago será el documento exigido para que el personal médico o técnico realice la práctica. Si la persona no puede afrontar el costo, la atención habitual no será autorizada.
Cuando exista un seguro de salud, el hospital abrirá un expediente administrativo, notificará a la aseguradora dentro de las 24 horas y emitirá una factura electrónica para recuperar el valor de la prestación.
El texto no establece un sistema general de exenciones basado en la pobreza, la vulnerabilidad social o la imposibilidad económica. El criterio central será la situación migratoria y la existencia de cobertura médica.
Tener DNI no será suficiente
El acceso en igualdad de condiciones quedará reservado para quienes acrediten residencia permanente. El documento deberá demostrar expresamente esa categoría migratoria.
Esto significa que la medida no alcanza solamente a turistas o visitantes ocasionales. También puede afectar a migrantes que viven y trabajan en el país, pagan impuestos y cuentan con DNI, pero todavía tienen residencia temporal o precaria.
El discurso oficial utiliza la expresión “extranjeros no residentes”, pero el alcance jurídico es más amplio. La resolución se aplica a todas las personas extranjeras que no posean residencia permanente.
Esa diferencia es importante porque una persona puede residir legalmente en la Argentina durante años sin haber obtenido todavía la categoría permanente.
La medida alcanza a cinco hospitales nacionales
La Administración Nacional de Establecimientos de Salud concentra actualmente la gestión de cinco instituciones. Se trata del Hospital Nacional Profesor Alejandro Posadas, el Hospital Nacional Doctor Baldomero Sommer, el Hospital Nacional y Comunidad Doctor Ramón Carrillo, el Hospital Nacional en Red Licenciada Laura Bonaparte y el Instituto Nacional de Rehabilitación Psicofísica del Sur.
La resolución se aplicará directamente en esos establecimientos. Otros hospitales públicos dependen de provincias, municipios o estructuras compartidas y no quedan incorporados automáticamente.
El Hospital Garrahan, por ejemplo, posee una administración autárquica y un esquema de conducción propio. Una eventual aplicación del cobro requeriría una decisión específica de sus autoridades.
Por esa razón, el Gobierno no convirtió todo el sistema público argentino en un servicio arancelado para extranjeros. Reglamentó el procedimiento de los hospitales que dependen directamente de la Nación.
Las cifras bonaerenses no prueban el impacto de la medida
El Gobierno justifica el cobro como una herramienta para recuperar costos y proteger los recursos sanitarios. Sin embargo, no presentó junto con la resolución una estimación sobre cuánto dinero gastan los cinco hospitales nacionales en atender a personas extranjeras sin residencia permanente ni cuánto espera recaudar.
Las cifras difundidas sobre la provincia de Buenos Aires muestran que las consultas y las internaciones de extranjeros no residentes representan menos del 1% del total. Durante 2023 se registraron 8.970 internaciones de este grupo sobre más de un millón.
Esos datos cuestionan el discurso que presenta a la migración como una carga masiva para el sistema, pero no permiten calcular directamente el impacto presupuestario de la nueva resolución. Corresponden a hospitales bonaerenses y no exclusivamente a los establecimientos nacionales alcanzados.
Para evaluar la necesidad fiscal de la medida deberían publicarse los datos específicos de cada institución, el costo real de las prestaciones y el número de pacientes incluidos en las nuevas categorías de cobro.
Una barrera sanitaria con consecuencias colectivas
Condicionar la atención al pago previo no afecta solamente a quien no puede pagarlo. También puede producir consecuencias sobre la salud pública general.
Las personas que temen endeudarse, ser identificadas o enfrentar problemas migratorios pueden postergar consultas, controles y estudios. Esa demora permite que enfermedades tratables se agraven y que determinadas infecciones circulen durante más tiempo antes de ser detectadas.
El acceso temprano suele resultar menos costoso que la atención de una emergencia avanzada. Una consulta preventiva puede evitar una internación prolongada, una cirugía compleja o un tratamiento intensivo.
La resolución garantiza la asistencia cuando la vida ya está en riesgo, pero instala una barrera económica en el momento en que la medicina podría impedir que el cuadro llegue a esa gravedad.
Desde el 12 de agosto, una persona extranjera sin residencia permanente podrá ser salvada durante una emergencia, pero deberá pagar por adelantado para evitar llegar a ella. Esa es la transformación central introducida por el Gobierno: la salud deja de ser un derecho garantizado según la necesidad clínica y comienza a depender también de la categoría migratoria y de la capacidad de pago.


























