La disputa que incomoda a Naciones Unidas y redefine el derecho internacional
En una sala de Naciones Unidas donde el lenguaje suele anestesiar los conflictos históricos, la intervención de John Antón Sánchez no fue un saludo protocolar ni una cortesía diplomática: fue una impugnación directa al modo en que el sistema internacional sigue nombrando —y por lo tanto limitando— a más de 180 millones de afrodescendientes en las Américas, reduciéndolos a “personas” o “poblaciones” cuando lo que está en discusión es algo mucho más profundo y políticamente incómodo: su reconocimiento como pueblos, con derechos colectivos, territoriales, históricos y reparadores.
Desde Ecuador, como académico del IAEN y militante de redes afrodescendientes continentales, Antón Sánchez puso sobre la mesa una de las grietas más persistentes del derecho internacional de los derechos humanos: la incapacidad de Naciones Unidas para asumir que la afrodescendencia no es solo una categoría identitaria o racial, sino una condición política y civilizatoria nacida de la esclavización, el colonialismo y la posterior exclusión estructural, y que por lo tanto no puede seguir siendo tratada como una suma de individuos aislados frente al Estado.
El problema no es semántico. Es jurídico y político.
Nombrar como “personas” donde corresponde decir pueblos es negar autodeterminación, territorio, consulta previa, reparación histórica y agencia colectiva.

El límite de Durban y la trampa del individuo abstracto
El eje del cuestionamiento apunta al anclaje casi exclusivo del sistema de Naciones Unidas en la Declaración y el Plan de Acción de Durban, que si bien significaron un avance en el reconocimiento del racismo estructural, fijaron a los afrodescendientes principalmente como sujetos individuales de derechos, dejando fuera —o postergando indefinidamente— el reconocimiento de su carácter colectivo, étnico y tribal, tal como ya lo hacen numerosos ordenamientos jurídicos nacionales y el propio sistema interamericano de derechos humanos.
La contradicción es evidente: mientras el CERD, a través de su Recomendación General 34, reconoce explícitamente la dimensión colectiva de los derechos afrodescendientes —incluyendo territorio, identidad cultural, consulta previa y protección de conocimientos tradicionales—, Naciones Unidas sigue atrapada en una gramática jurídica que parece tolerar la diversidad solo cuando no cuestiona la arquitectura del Estado-nación ni el reparto histórico del poder.
No es casual. Reconocer pueblos afrodescendientes implica reconocer que existen sujetos preexistentes a los Estados latinoamericanos, comunidades transnacionales originarias del continente americano, formadas en condiciones de violencia extrema, que nunca fueron reparadas y que hoy reclaman algo más que inclusión simbólica: reclaman justicia histórica.

John Antón Sánchez/ Foto de Diego Battistessa
Tres generaciones de derechos, una deuda persistente
La exposición ordena el reclamo afrodescendiente en una genealogía política clara.
Primero, el derecho a la libertad, conquistado formalmente con la abolición de la esclavitud en el siglo XIX. Luego, el derecho a la igualdad y la no discriminación, cristalizado en los derechos civiles y políticos y en la Convención Internacional contra el Racismo. Y hoy, una tercera generación de derechos que el sistema internacional todavía se resiste a asumir en toda su radicalidad: autodeterminación, reparación histórica, justicia climática, fin de la violencia policial, combate al sesgo algorítmico y uso no discriminatorio de la inteligencia artificial.
No se trata de una agenda “nueva” ni “identitaria”.
Se trata de reconocer que el racismo se reconfigura, se digitaliza, se ambientaliza y se institucionaliza, y que sin derechos colectivos no hay herramientas reales para enfrentarlo.
Por eso, el proyecto de Declaración en debate no puede ser un documento cosmético. Si no se proyecta como el pilar normativo de una justicia reparadora, corre el riesgo de convertirse en otra pieza bien intencionada que convive sin fricciones con la desigualdad estructural que dice combatir.
El nombre importa: lo que no se nombra no existe
Uno de los puntos más incisivos del planteo es la disputa por el título mismo del proyecto. Nombrar importa porque define el alcance del derecho. Llamar a la iniciativa “Declaración de Derechos de las Personas Afrodescendientes” implica volver a encerrar la afrodescendencia en el molde liberal-individual que el propio proceso histórico ha demostrado insuficiente.
La propuesta es clara y políticamente explícita:
“Declaración de las Naciones Unidas sobre el Respeto, la Protección y el Cumplimiento de los Derechos Humanos de las Personas, Comunidades y Pueblos Afrodescendientes.”
No es exceso. Es precisión jurídica.
Reconocer personas, comunidades y pueblos permite contemplar la diversidad interna de la afrodescendencia sin negar su carácter colectivo ni su derecho a la autodeterminación.

Territorio, consulta y reparación: donde el derecho se vuelve incómodo
El núcleo más conflictivo —y por eso el más resistido— es el de los derechos territoriales. Para las comunidades afrodescendientes rurales de las Américas, el territorio no es solo un espacio físico: es memoria, política, subsistencia, espiritualidad y resistencia. Es el lugar donde se recrean formas de vida que sobrevivieron a la esclavización y al despojo estatal.
El derecho internacional ya ofrece herramientas claras: cuando una comunidad afrodescendiente cumple con los criterios del Convenio 169 de la OIT, debe ser reconocida como pueblo tribal, con los mismos derechos que los pueblos indígenas en materia de tierras, recursos naturales y consulta previa.
Negar esto no es neutralidad jurídica. Es una decisión política que protege intereses económicos, extractivos y estatales frente a comunidades históricamente despojadas.
Y finalmente, el punto que el sistema internacional más evita nombrar sin rodeos: la reparación histórica por la esclavitud y el colonialismo, entendida no como un gesto simbólico, sino como un conjunto de medidas estructurales destinadas a garantizar igualdad real, desarrollo social, económico y cultural, y acceso efectivo a derechos en condiciones de dignidad.
Lo que está en juego
Este debate no es técnico ni académico. Es profundamente político.
Reconocer a los afrodescendientes como pueblos implica aceptar que la modernidad occidental se construyó sobre la esclavización, que sus Estados se fundaron excluyendo cuerpos y territorios, y que sin reparación no hay democracia racial posible.
Naciones Unidas puede optar por seguir administrando la incomodidad con eufemismos jurídicos. O puede asumir que llegó el momento de nombrar las cosas por su nombre.
Porque lo que no se reconoce como pueblo, se sigue gobernando como problema.
Y lo que no se repara, se reproduce.
🖤 InfoNegro
Antirracismo sin maquillaje.
Derechos sin concesiones.



























