Tres especialistas de fuste —Raffaghelli, Pompa y Gil Domínguez— analizaron el texto que Diputados trata este jueves y encontraron un patrón: el principio de no regresividad hecho pedazos, el derecho de huelga licuado, la indemnización convertida en fondo financiero y la jornada laboral estirada a 12 horas. El dato que duele: los jueces, si la Corte sigue blindando al gobierno, podrían diluir los planteos en causas individuales durante años. La reforma avanza. Los derechos, también: hacia atrás.
Mientras el Congreso debate y la calle hierve, tres juristas de primera línea pusieron el bisturí sobre el proyecto de reforma laboral y encontraron algo más que mala redacción. Luis Raffaghelli, Roberto Pompa y Andrés Gil Domínguez coinciden en un diagnóstico que debería helar la sangre de cualquier legislador con mínimo conocimiento jurídico: la iniciativa incurre en más de 100 ilegalidades, viola la Constitución Nacional, tratados internacionales como la Convención Americana, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y hasta contradice doctrina consolidada de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
El problema no es técnico. Es de fondo. Y de forma. Y de intención.
EL PRINCIPIO DE NO REGRESIVIDAD: ESO QUE EL GOBIERNO NO QUIERE ENTENDER
Roberto Pompa, excamarista laboral y co-coordinador del Foro para la defensa del derecho del trabajo y la justicia social, lo explica con la precisión de quien sabe que está viendo un atropello: «Toda reforma legislativa que comprenda derechos humanos fundamentales —como los derivados del trabajo— debe ser para superar el estadio anterior, bajo pena de convertirse en una norma regresiva». La reforma de Milei, sentencia, es «claramente regresiva» y «contraria al principio de progresividad y no regresividad de los derechos, considerado por la Corte Suprema como un principio arquitectónico del derecho».
El dato objetivo: el artículo 14 bis de la Constitución ordena proteger el trabajo en sus diversas formas. El proyecto, en cambio, lo desproteje sistemáticamente. Y no es una opinión: el constitucionalista Andrés Gil Domínguez sostiene que «en la mayoría de los artículos hay una objetiva disminución de la protección de los derechos del trabajador. Se puede ir por más protección, pero no se puede legislar para ir hacia menos derechos, salvo con una justificación probada. Acá no hay justificación».
LOS EJES DEL DESGUACE JURÍDICO (CON NÚMEROS Y ARTÍCULOS)
📌 Banco de horas: jornada de 12 horas sin pago extra
El artículo 42 de la reforma modifica el artículo 197 bis de la Ley de Contrato de Trabajo y crea un régimen de «compensación» que habilita a extender la jornada hasta 12 horas diarias, siempre que no se supere el máximo semanal. Raffaghelli es tajante: «Contempla un acuerdo ‘voluntario’ que viola la jornada máxima de labor y altera las condiciones dignas y equitativas, vulnerando el artículo 14 bis de la Constitución. Además, un régimen que supere las 8 horas diarias vulnera el Convenio 1 de la OIT, de jerarquía supralegal». El negocio para el empleador: ahorrarse el pago de horas extra.
📌 Fondo de Asistencia Laboral (FAL): el curro del despido
Para Raffaghelli, el FAL es «la estrella del proyecto». Se financia con un aporte patronal del 1,5% al 2,5% sobre la masa salarial, pero ese porcentaje no es adicional: se detrae de las contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Traducción: el sistema de jubilaciones termina financiando el costo de los despidos. El senador José Mayans lo llamó «un curro armaron, con el que le sacan al sistema previsional prácticamente el 3%, un fondo de más o menos 3.000 millones de dólares que van a manejar ellos, con una comisión del 1%». Pompa añade que el fondo «viola el artículo 14 bis y el Protocolo de San Salvador, que frente a un despido inmotivado exige una reparación indemnizatoria, no un fondo financiero».
📌 Indemnización en cuotas: el derecho de propiedad pulverizado
El artículo 56 sustituye el artículo 277 de la LCT y habilita el pago de indemnizaciones en 6 cuotas para grandes empresas y 12 para pymes. Raffaghelli: «Viola el derecho de propiedad del trabajador y la protección contra el despido arbitrario, consagrados en los artículos 14 y 14 bis de la Constitución».
📌 Vacaciones fraccionadas: el descanso en migajas
La reforma permite que «las partes podrán de mutuo acuerdo» fraccionar las vacaciones en períodos no inferiores a 7 días. Pompa: «Se desconoce la situación de hiposuficiencia del trabajador. Se reduce la fecha de notificación de 45 a 30 días, lo que afecta la organización familiar, y se autoriza el fraccionamiento sin límite real».
📌 Derecho de huelga: cercenado por decreto
El artículo 98 amplía la lista de servicios esenciales y de importancia trascendental hasta volver irrisoria la posibilidad de una huelga efectiva. En servicios esenciales, la cobertura mínima será del 75%; en actividades de importancia trascendental (que incluyen «producción de bienes y servicios», o sea, casi todo), del 50%. Pompa recuerda que la Corte IDH, en su Opinión Consultiva 27/21, fijó que los servicios esenciales deben entenderse «en sentido estricto» —hospitales, electricidad, agua— y que extenderlos a toda la economía «ha sido desautorizado por el tribunal interamericano». Raffaghelli es más directo: «Se limita hasta su virtual desaparición el derecho de huelga, violando los Convenios 87 y 98 de la OIT».
📌 Asambleas sindicales: con permiso del patrón y sin sueldo
La reforma establece que las asambleas requieren autorización del empleador (dentro o fuera del establecimiento) y que el trabajador «no devengará remuneración durante el tiempo de la misma». Pompa: «Recrea disposiciones del DNU 70/23 que fueron declaradas inconstitucionales por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo».
📌 Estatutos profesionales: periodistas, viajantes y otros «privilegiados»
Se derogan los estatutos del Viajante de Comercio, del Periodista, del Peluquero y otros. En el caso de los trabajadores de prensa, se eliminan las protecciones contra despidos injustificados. Toda una señal para un gremio que este gobierno mira con desprecio.
EL ANDAMIAJE JURÍDICO VIOLADO (PUNTO POR PUNTO)
Pompa elaboró un listado preliminar con más de 100 irregularidades. Entre ellas:
- Exclusión masiva de trabajadores de la LCT: El artículo 1º excluye «todas las reguladas en el Código Civil y Comercial» (obra, servicios, agencia, transporte, flete), «apartándose del principio de la realidad y de la Recomendación 198 de la OIT, promoviendo el fraude laboral».
- Eliminación de la «justicia social» como fuente del contrato: La reforma borra este principio, pese a estar inserto en el artículo 75, inciso 19 de la Constitución.
- Desconocimiento de la desigualdad real entre trabajador y empleador: Pompa cita la Opinión Consultiva 18/03 de la Corte IDH, que establece que regular relaciones desiguales exige «factores de compensación». La reforma equipara al débil con el fuerte, violando el principio tuitivo.
EL GUIÑO JUDICIAL QUE ESPERA EL GOBIERNO
Andrés Gil Domínguez suelta la bomba: aunque la reforma sea declarada inconstitucional por cientos de juristas, el camino judicial será un calvario. «Con la actual estructura, los planteos serán individuales, de casos concretos, en las justicias provinciales. Va a llevar años llegar a la Corte, y si llega, será para un caso puntual, no para todos. El resto quedará desprotegido».
El constitucionalista recuerda lo que pasó con el DNU 70/23: «Hace dos años que las centrales obreras tienen planteada su inconstitucionalidad y la Corte no resuelve. No esperaría mucho de esta Corte Suprema, ni de esta conformación que ha tenido un sometimiento al gobierno muy fuerte».
La trampa está armada: la ley avanza, los jueces miran para otro lado, y los trabajadores que quieran impugnarla tendrán que hacerlo uno por uno, año tras año, mientras el banco de horas, el FAL y las vacaciones en cuotas ya son realidad.
LO QUE DICEN LOS QUE SABEN
🗣️ Roberto Pompa: «De aprobarse el proyecto, que no ha sido producto de consensos ni discusiones previas, solo producirá un deterioro de las condiciones de empleo, mayores niveles de precarización, aniquilamiento de derechos que tardarán décadas en ser repuestos».
🗣️ Andrés Gil Domínguez: «Hay una voluntad de desproteger el trabajo para poner al trabajador en una situación de minusvaloración. Debe trabajar y callarse la boca. Habrá trabajadores desesperados, sumisos y baratos».
🗣️ Luis Raffaghelli: «Hay una desregulación de los derechos individuales y una re-regulación de los derechos colectivos para limitar la acción sindical».
🗣️ José Mayans (senador UxP): «Esta es una ley hecha por patrones para patrones. No hay un solo artículo que beneficie a los trabajadores».
La reforma no es modernización: es regresión pura, confirmada por especialistas, Constitución en mano y tratados internacionales de por medio. Pero la Justicia, que debería ser el contrapeso, mira para otro lado. Los derechos se pierden hoy. La restitución, si llega, tardará décadas. Y hasta entonces, los trabajadores seguirán siendo los únicos que pagan el pato.



























