El Gobierno elevó de US$50 a US$400 el monto exento de derechos de importación para envíos postales y quintuplicó el cupo anual libre de impuestos, que pasará de US$600 a US$2.000 por persona. Además, eliminó los límites de valor para las exportaciones comerciales realizadas por vía postal.
El gobierno de Javier Milei profundizó este viernes su política de apertura comercial con una reforma del régimen de envíos postales internacionales que amplía los beneficios para las compras realizadas en el exterior y flexibiliza las exportaciones de pequeñas empresas y emprendedores.
La medida fue oficializada mediante el Decreto 604/2026, publicado en el Boletín Oficial, y entró en vigencia de manera inmediata. El nuevo esquema equipara el tratamiento tributario de los envíos gestionados por el Correo Oficial con el régimen que ya regía para las empresas privadas de courier, eliminando una diferencia que el Ejecutivo consideraba distorsiva.
El cambio más relevante alcanza a las importaciones realizadas bajo el sistema puerta a puerta. A partir de ahora, los envíos postales de hasta US$400 de valor FOB quedarán exentos del pago de derechos de importación y de la tasa de estadística, siempre que no se supere el límite anual establecido por la normativa.
Hasta ahora, la franquicia era considerablemente menor. El régimen permitía ingresar compras de apenas US$50 libres de esos tributos, con un máximo de doce operaciones anuales y una alícuota del 50% para determinados envíos postales, disposición que quedó derogada con el nuevo decreto.
Con las modificaciones, cada persona podrá realizar hasta cinco compras por año de hasta US$400 cada una, lo que eleva el monto anual de operaciones exentas de US$600 a US$2.000. El valor FOB contempla exclusivamente el precio de la mercadería, sin incluir el costo del transporte ni el seguro internacional.
Sin embargo, la exención no implica una liberación total de la carga tributaria. El beneficio alcanza específicamente a los derechos de importación y a la tasa de estadística. Cuando una compra supere los US$400 o el consumidor exceda el cupo anual permitido, el excedente pasará a tributar conforme al régimen general de importaciones.
Desde el Gobierno sostuvieron que la reforma busca simplificar un sistema que aplicaba tratamientos diferentes según el envío ingresara por el operador postal oficial o mediante empresas privadas de courier. Esa coexistencia de regímenes, argumentó el decreto, generaba incertidumbre para los consumidores al momento de calcular el costo final de las compras realizadas en el exterior.
La decisión llega en un contexto de fuerte crecimiento de las importaciones minoristas. Favorecidas por la apreciación del peso, la reducción de restricciones comerciales y la mayor oferta internacional disponible a través de plataformas digitales, las compras puerta a puerta vienen registrando un fuerte incremento durante los últimos meses, mientras buena parte del comercio local continúa enfrentando una demanda debilitada.
También eliminan los límites para exportar por correo
El decreto incorpora además una modificación destinada a facilitar las ventas al exterior realizadas por pequeñas empresas, emprendedores y comercios.
A partir de ahora, las exportaciones comerciales efectuadas mediante envíos postales ya no tendrán límites de valor, eliminando una restricción que hasta ahora dificultaba las operaciones de menor escala.
El Ejecutivo sostiene que la medida permitirá ampliar las oportunidades para productores y pequeñas firmas que venden bienes en volúmenes reducidos y que, por sus dimensiones, no suelen utilizar los canales tradicionales del comercio exterior.
La implementación operativa del nuevo esquema quedará a cargo de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que deberá dictar las normas complementarias para poner en funcionamiento el régimen.
Por otra parte, el Gobierno mantuvo sin cambios el tratamiento diferencial para los envíos destinados a ayuda familiar o regalos personales. Estas operaciones continuarán exentas de derechos de exportación —excepto las tasas por servicios— siempre que no superen un valor acumulado de US$5.000 mensuales por remitente.
La flexibilización del régimen representa un nuevo paso dentro de la estrategia oficial de reducir barreras al comercio internacional. Mientras el Ejecutivo sostiene que la medida ampliará la competencia, reducirá precios y facilitará el acceso a productos del exterior, distintos sectores industriales y comerciales advierten que una mayor apertura podría profundizar las dificultades que ya enfrentan numerosas empresas nacionales por la caída del consumo y el incremento de las importaciones.



























