La nueva Resolución 796/2026 obliga por primera vez a que vapeadores, tabaco calentado y bolsitas de nicotina incluyan advertencias sanitarias y restricciones publicitarias. Sin embargo, la misma norma reduce la diversidad de mensajes preventivos para los cigarrillos tradicionales, concentrándolos en una única advertencia sobre diabetes y daño vascular.
El Gobierno nacional oficializó este lunes una modificación integral de la política de advertencias sanitarias para los productos de tabaco y nicotina. A través de la Resolución 796/2026, publicada en el Boletín Oficial y firmada por el ministro de Salud, Mario Lugones, se amplía el régimen de advertencias a los cigarrillos electrónicos, dispositivos de tabaco calentado y bolsitas de nicotina, cuya comercialización había sido autorizada en abril de este año mediante un nuevo marco regulatorio. Al mismo tiempo, la norma introduce un cambio que ya genera interrogantes en materia de salud pública: reduce la variedad de mensajes sanitarios obligatorios que deberán exhibir los cigarrillos convencionales en su publicidad.
La resolución incorpora por primera vez a los denominados productos alternativos de nicotina dentro del sistema de advertencias previsto por la Ley Nacional de Control del Tabaco N.º 26.687. Hasta ahora, vapeadores, dispositivos de tabaco calentado y bolsitas de nicotina no estaban alcanzados por un régimen gráfico específico en materia publicitaria. A partir de esta modificación, toda promoción deberá incluir la leyenda «Este producto contiene nicotina altamente adictiva», impresa en un rectángulo blanco con letras negras que ocupará el 20 % de la superficie del material publicitario. La misma advertencia deberá exhibirse también en los puntos de venta mediante carteles visibles.
Los fabricantes e importadores dispondrán de 180 días para adecuar envases, publicidad y demás materiales gráficos antes de comercializar estos productos bajo las nuevas condiciones. El plazo fue establecido para armonizar la implementación con la regulación aprobada en abril, que habilitó nuevamente estos dispositivos tras la derogación de la prohibición vigente desde 2023.
Sin embargo, el aspecto más controvertido de la resolución aparece al analizar el tratamiento que reciben los cigarrillos tradicionales. Mientras se amplían las advertencias para los nuevos productos de nicotina, el Estado elimina la rotación de múltiples mensajes sanitarios que hasta ahora acompañaban la publicidad del tabaco combustible y la reemplaza por un único aviso centrado en la diabetes: «Fumar tabaco aumenta el riesgo de diabetes. El consumo de tabaco agrava el daño vascular de la diabetes». Esa advertencia será la única que deberán incorporar fabricantes y anunciantes en sus campañas.
La modificación implica un cambio relevante respecto de la estrategia sanitaria aplicada durante más de una década. Desde la sanción de la Ley 26.687, Argentina había adoptado un sistema de advertencias rotativas que mostraban distintos efectos del tabaquismo, incluyendo cáncer de pulmón, enfermedades cardiovasculares, accidentes cerebrovasculares, infertilidad, daño fetal y adicción, entre otros. La nueva normativa concentra el mensaje en un solo riesgo sanitario, reduciendo la diversidad de impactos sobre la salud que hasta ahora eran comunicados a la población.

La resolución también actualiza la señalización de los espacios libres de humo. Los carteles obligatorios deberán incorporar expresamente la prohibición de vapear y utilizar dispositivos de tabaco calentado en aquellos lugares donde ya estaba prohibido fumar. Con ello, el Ministerio de Salud equipara el tratamiento de estos nuevos dispositivos al del cigarrillo convencional en espacios cerrados de acceso público.
Otra novedad es la incorporación de un chatbot de WhatsApp como canal oficial para quienes deseen recibir información sobre estrategias para dejar de fumar o denunciar incumplimientos de la legislación vigente. La medida amplía los mecanismos de contacto previstos originalmente por la Ley 26.687, que hasta ahora contemplaba principalmente una línea telefónica gratuita y un correo electrónico.
Desde una perspectiva sanitaria, la decisión combina dos movimientos que parecen avanzar en direcciones distintas. Por un lado, el Estado reconoce que los vapeadores, las bolsitas de nicotina y los dispositivos de tabaco calentado también requieren advertencias claras sobre su capacidad adictiva y quedan sujetos a controles similares a los del tabaco tradicional. Por otro, simplifica el mensaje preventivo dirigido a los fumadores de cigarrillos convencionales, reduciendo la diversidad de información sanitaria que históricamente buscó visibilizar los múltiples daños asociados al consumo de tabaco.

La Organización Mundial de la Salud sostiene desde hace años que las advertencias sanitarias amplias, gráficas y rotativas constituyen una de las herramientas más eficaces para disminuir el consumo de tabaco, especialmente entre adolescentes y jóvenes, al evitar que la población se habitúe a un único mensaje preventivo. En ese contexto, la decisión argentina abre un nuevo debate sobre el equilibrio entre la actualización regulatoria de los nuevos productos de nicotina y la eficacia de las campañas de prevención destinadas a quienes continúan consumiendo cigarrillos combustibles.
Con esta resolución, el Gobierno redefine por primera vez en años la política gráfica sobre tabaco y nicotina en Argentina. La discusión que queda abierta no es solamente regulatoria, sino sanitaria: si ampliar las advertencias a los nuevos dispositivos alcanza para compensar la reducción del repertorio de mensajes preventivos sobre el producto que sigue siendo el principal responsable de las enfermedades y muertes vinculadas al tabaquismo.



























