Pacto de impunidad: Comodoro Py archivó la causa del FMI y blindó a Caputo y Sturzenegger

Llorens y Bertuzzi confirmaron el cierre de la investigación sobre el acuerdo de USD 57.100 millones firmado durante el gobierno de Mauricio Macri, del cual se desembolsaron aproximadamente USD 44.000 millones. La Cámara descartó que las irregularidades detectadas y el perjuicio de USD 29.618 millones calculado por la SIGEN fueran suficientes para demostrar delitos. El fallo beneficia a Luis Caputo y Federico Sturzenegger después de que el gobierno de Javier Milei retirara al Estado como querellante.

La mayor operación financiera aprobada por el Fondo Monetario Internacional en su historia terminó sin responsables en la Justicia argentina. La Sala I de la Cámara Federal porteña confirmó el archivo de la causa que investigaba cómo el gobierno de Mauricio Macri contrajo, administró y utilizó el crédito otorgado por el organismo en 2018.

Los camaristas Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi ratificaron la decisión que la jueza María Eugenia Capuchetti había tomado en febrero de 2026. Consideraron que, después de cinco años de investigación, la Fiscalía no consiguió construir una hipótesis delictiva suficientemente respaldada por las pruebas.

El expediente alcanzaba al expresidente Mauricio Macri, al exministro Nicolás Dujovne y a dos integrantes centrales del actual gobierno: Luis Caputo y Federico Sturzenegger. Ambos quedaron liberados de una investigación que examinaba decisiones adoptadas cuando ocupaban lugares estratégicos dentro del equipo económico macrista.

El fallo no establece que el acuerdo haya sido conveniente, transparente o correctamente administrado. Tampoco desmiente las irregularidades detectadas por los organismos de control. La Cámara adoptó otra posición: sostuvo que esas anomalías administrativas no alcanzan, por sí mismas, para demostrar una defraudación penal.

Esa diferencia jurídica es decisiva. Pero también deja una pregunta política imposible de esconder: si una deuda de esta magnitud puede contratarse mediante procedimientos severamente cuestionados, ocasionar un perjuicio multimillonario y condicionar al país durante años sin que siquiera se llegue a una instancia de indagatorias, ¿qué clase de responsabilidad puede exigirse a quienes administran el Estado?

Un préstamo extraordinario y una deuda que todavía se paga

En junio de 2018, el Directorio del FMI aprobó inicialmente un acuerdo Stand-By por USD 50.000 millones. Cuatro meses después, el programa fue ampliado hasta aproximadamente USD 57.100 millones. Argentina terminó recibiendo cerca de USD 44.000 millones antes de que los desembolsos fueran interrumpidos tras la derrota electoral de Macri en 2019.

El monto aprobado y el dinero efectivamente entregado no son lo mismo. Esa distinción importa porque permite evitar una confusión frecuente: la deuda investigada no fue de USD 57.100 millones desembolsados, sino de unos USD 44.000 millones recibidos bajo un programa cuyo límite total había sido elevado a USD 57.100 millones. El propio FMI reconoció posteriormente que la exposición argentina alcanzó niveles excepcionales, superiores al mil por ciento de la cuota del país dentro del organismo.

El programa no consiguió recuperar la confianza de los mercados, impedir la devaluación ni estabilizar la economía. Tampoco permitió que Argentina regresara voluntariamente al financiamiento privado. En 2022, el gobierno de Alberto Fernández firmó un nuevo programa de Facilidades Extendidas para refinanciar los vencimientos heredados.

El crédito de 2018 desaparece ahora del expediente penal, pero no de las cuentas públicas. La Justicia archivó la investigación; la sociedad argentina continúa pagando el capital, los intereses y las consecuencias presupuestarias de aquella decisión.

Las irregularidades que quedaron sin traducción penal

La Auditoría General de la Nación encontró fallas graves en el procedimiento utilizado para contraer el préstamo. Entre ellas, señaló que el acuerdo fue aprobado por el FMI el 20 de junio de 2018, mientras que el expediente administrativo argentino destinado a respaldar la operación fue abierto al día siguiente.

El orden de las fechas alimentó la sospecha de que una parte de la documentación se confeccionó cuando la decisión ya estaba tomada. También se cuestionaron la ausencia de informes previos indispensables, la intervención extemporánea de distintas áreas estatales y la falta de mecanismos adecuados para controlar el destino de los recursos.

El fiscal Franco Picardi sostuvo que esas anomalías no debían analizarse como errores aislados. Para la Fiscalía, formaban parte de una secuencia que podía constituir un esquema de administración fraudulenta. Por eso pidió continuar la investigación y avanzar con las indagatorias de los principales responsables.

La SIGEN agregó otro dato explosivo: calculó un perjuicio patrimonial para el Estado de USD 29.618 millones. Sin embargo, Llorens y Bertuzzi entendieron que una pérdida económica, incluso de semejante dimensión, no demuestra automáticamente la existencia de un delito. Para configurar una defraudación era necesario acreditar una intención concreta de perjudicar al Estado o de beneficiar indebidamente a terceros.

El criterio jurídico puede defenderse en abstracto: una política ruinosa no siempre es una política criminal. El problema es que la investigación se cerró sin avanzar hasta las instancias que podían determinar si existió esa intención, quiénes se beneficiaron y qué relación hubo entre las decisiones oficiales, la venta de reservas y la salida de capitales.

La Cámara utilizó la falta de demostración del delito para clausurar una causa cuya crítica principal era, precisamente, que no se había investigado lo suficiente para demostrarlo.

El Congreso y una discusión que debe explicarse con rigor

La falta de autorización parlamentaria fue uno de los cuestionamientos centrales contra el acuerdo. Sin embargo, afirmar que en 2018 existía una obligación legal indiscutible de obtener la aprobación del Congreso sería impreciso.

El artículo 60 de la Ley 24.156 establecía una excepción para las operaciones celebradas con organismos financieros internacionales de los cuales Argentina fuera parte. El gobierno de Macri utilizó esa disposición para avanzar sin una ley especial.

La discusión constitucional era más amplia. El artículo 75 de la Constitución le atribuye al Congreso la facultad de contraer empréstitos sobre el crédito de la Nación y arreglar la deuda pública. Distintos especialistas sostuvieron que una operación extraordinaria como la del FMI no podía quedar reducida a una decisión administrativa del Ejecutivo.

La controversia quedó parcialmente resuelta en 2021, cuando el Congreso sancionó la Ley 27.612. Desde entonces, todo programa de financiamiento con el FMI y cualquier ampliación de sus montos requieren aprobación legislativa expresa. La norma fue posterior al acuerdo de Macri y, por lo tanto, no puede aplicarse retroactivamente para construir un delito que no existía en esos términos durante 2018.

Eso no vuelve regular todo el procedimiento anterior. Significa que la ausencia del Congreso constituía una discusión institucional y constitucional seria, pero no bastaba por sí sola para condenar penalmente a los funcionarios. La investigación debía concentrarse en las disposiciones vigentes que presuntamente fueron incumplidas, en la existencia de dolo y en el destino concreto del dinero.

Los dólares que entraron y volvieron a salir

La hipótesis más sensible de la Fiscalía vinculaba el crédito con la fuga de capitales. Los dólares del Fondo fortalecieron temporalmente las reservas del Banco Central, pero una parte considerable terminó abasteciendo la demanda privada de divisas mientras inversores y grandes empresas desarmaban sus posiciones en pesos.

La investigación citó información según la cual cien compradores concentraron adquisiciones netas por USD 24.679 millones entre diciembre de 2015 y octubre de 2019. Los diez principales explicaron USD 7.945 millones. Las personas jurídicas compraron, en conjunto, más de USD 41.000 millones netos durante el período examinado.

Estos números muestran concentración y permiten discutir económicamente para qué sirvió el programa. No demuestran por sí solos que cada comprador haya cometido un delito ni que los funcionarios hubieran organizado deliberadamente una transferencia ilegal. Para transformar esa descripción económica en una acusación penal era necesario reconstruir las decisiones, identificar posibles beneficiarios, estudiar comunicaciones y establecer relaciones causales concretas.

Ese era el trabajo que Picardi reclamaba continuar. La Cámara decidió que la investigación ya había llegado suficientemente lejos.

El resultado produce una paradoja. Los organismos públicos consiguieron calcular el daño, documentar irregularidades y señalar la concentración de las compras de divisas, pero el sistema judicial concluyó que esos elementos no justificaban seguir buscando responsabilidades.

La doctrina que protege las decisiones económicas

Llorens y Bertuzzi sostuvieron que existen materias reservadas a los poderes políticos cuyo acierto no puede ser revisado por los tribunales. Para respaldar esa posición citaron el precedente conocido como “Dólar Futuro”, en el que la Corte Suprema cerró la causa contra Cristina Kirchner por operaciones realizadas durante su gobierno.

La utilización de ese antecedente establece un límite razonable: los jueces no deben reemplazar a los gobernantes ni convertir cualquier resultado económico negativo en un delito. Una democracia no puede criminalizar automáticamente cada devaluación, endeudamiento o fracaso de una política pública.

Pero tampoco puede transformar la categoría de “decisión política” en un refugio universal. Si bastara con afirmar que una medida perteneció a la política económica, quedarían prácticamente fuera del alcance penal los contratos, endeudamientos y movimientos de activos más importantes del Estado.

La pregunta correcta nunca fue si los jueces debían determinar si el acuerdo con el FMI era económicamente acertado. Debían establecer si fue celebrado y administrado conforme a las normas vigentes, si existió una voluntad deliberada de perjudicar al Estado y si funcionarios concretos favorecieron intereses privados.

Al archivar el expediente antes de las indagatorias, la Cámara convirtió una discusión sobre los límites del derecho penal en una barrera contra la profundización de la prueba.

Milei retiró al Estado y protegió a sus ministros

El cierre tampoco puede separarse de una decisión del gobierno de Javier Milei. La Procuración del Tesoro retiró al Estado nacional de su papel de querellante. Desde ese momento, la administración dejó de impulsar una investigación sobre un posible perjuicio sufrido por el propio Estado.

La resolución tiene un conflicto político evidente: dos de los principales beneficiados por el archivo, Caputo y Sturzenegger, son ministros de Milei. El Gobierno decidió que el Estado presuntamente damnificado dejara de acusar en una causa que comprometía a integrantes de su gabinete. Como consecuencia, el único actor con capacidad para sostener la apelación fue el fiscal Picardi.

A esto se suma el papel de Bertuzzi, recientemente ratificado por el Senado en la estratégica Sala I. Su firma también apareció en el fallo que excluyó a los querellantes particulares de la causa por la criptomoneda Libra.

Ninguna de esas coincidencias demuestra judicialmente la existencia de un pacto. Pero su convergencia sostiene una lectura política difícil de ignorar: el Ejecutivo retira al Estado, Comodoro Py cierra la investigación y los funcionarios actuales quedan protegidos de una causa originada en su actuación durante el macrismo.

No hace falta inventar una reunión clandestina para describir un pacto de impunidad. A veces la impunidad no se firma: se construye mediante decisiones institucionales sucesivas que terminan produciendo el mismo resultado.

La deuda quedó para todos y la responsabilidad para nadie

El acuerdo de 2018 condicionó presupuestos, gobiernos y políticas económicas durante casi una década. Argentina debió renegociar sus vencimientos, aceptar nuevas metas fiscales y monetarias y destinar capacidad financiera y diplomática a administrar una deuda que no consiguió los objetivos con los cuales fue justificada.

Las consecuencias sociales no pueden atribuirse mecánicamente a un único préstamo. La inflación, la devaluación, la recesión y la pobreza responden a múltiples decisiones y procesos. Pero tampoco es posible separar el programa del FMI del ajuste posterior, de la pérdida de reservas y del deterioro económico que acompañó su fracaso.

Comodoro Py no declaró inocente a la política económica de Macri. Declaró que no encontró pruebas suficientes para convertirla en delito. Esa precisión debe respetarse.

Lo que también debe decirse es que el sistema cerró el expediente sin responder las preguntas centrales: por qué se tramitaron documentos después de aprobado el acuerdo, quién decidió el destino de los dólares, qué controles se omitieron y quiénes obtuvieron los mayores beneficios mientras la deuda quedaba en manos del Estado.

Caputo y Sturzenegger vuelven a conducir la economía sin rendir cuentas judiciales por aquella operación. Macri queda liberado de una de las investigaciones más delicadas de su gobierno. Milei protege a sus ministros y renuncia a representar al Estado presuntamente perjudicado.

Los dólares del Fondo se fueron hace años. La deuda permaneció. Ahora también desaparece la causa.

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    Melina Schweizer

    Melina Schweizer es periodista, escritora, compositora y poeta dominicana naturalizada argentina, fundadora y editora de infonegro.com. Coeditó y coordinó la antología Aquelarre de Negras (2021), actualmente en su primera edición impresa, y en 2022 recibió una mención especial en los Premios Lola Mora por su trabajo periodístico en defensa de los derechos de las mujeres. Es autora de la novela El mundo de Laurita: el secreto del museo antártico (2026).

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